El Presidente del Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia (TCP), Ph.D. Paul Enrique Franco Zamora, junto a las Magistradas y Magistrados, informó hoy al país sobre la emisión por unanimidad de la Sentencia Constitucional Plurinacional 0060/2023 de 31 de julio.
La máxima autoridad del TCP, indicó que la referida Sentencia dictada en el expediente 54673-2012-110-AIA, en su parte resolutiva declara: a) La inconstitucionalidad del Reglamento de Preselección de Candidatas y Candidatos para la Conformación del Tribunal Constitucional Plurinacional, Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental y Consejo de la Magistratura (2023), así como la Convocatoria Pública emergente del mismo, ambos aprobados por la RALP 007/2022-2023, por ser contrarios a los arts. 109.II, 144.II y 410.II de la CPE; b) La inconstitucionalidad por conexitud de la Ley 1513 de 5 de junio de 2023 -Ley Transitoria para garantizar el proceso de preselección de candidatas y candidatos para la conformación del Tribunal Constitucional Plurinacional, Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental y Consejo de la Magistratura-; y, c) Exhorta a la Asamblea Legislativa Plurinacional a cumplir con las funciones y atribuciones constitucionalmente previstas; así como, contribuir en la generación de condiciones que garanticen el desarrollo de la preselección y elección de las máximas autoridades judiciales y del Tribunal Constitucional Plurinacional, con carácter inmediato.
En el caso concreto, el TCP fundamentó su determinación porque la regulación del ejercicio de los derechos políticos de los postulantes al Tribunal Constitucional Plurinacional y al Órgano Judicial se realizó a través de un Reglamento y una Convocatoria, cuando debió efectuarse mediante una ley en sentido formal y material, observando el parámetro constitucional de los dos tercios o votación especial, entendida como la exigencia que se justifica en la necesidad de ampliar el consenso entre las fuerzas políticas en asuntos de trascendencia para el país, que la Ley Fundamental reserva para el tratamiento de determinadas materias por la Asamblea Legislativa Plurinacional.
El Presidente Franco Zamora, remarcó que: “el TCP viene desarrollando sus funciones con absoluta responsabilidad e independencia y está promoviendo en el marco del Estado Social de Derecho, la participación por dos tercios de votos de todas las Asambleístas y los Asambleístas, para garantizar un sistema ampliamente participativo con debate hacia la construcción del Sistema de Justicia que todas y todos anhelamos, donde las mayorías y las minorías sean escuchadas para desarrollar un proceso de preselección y posterior elección mediante voto popular”.
Sucre, 31 de julio 2023