PRESIDENTE DEL TCP PARTICIPÓ EN EL "V CONGRESO PARAGUAYO DE DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL" CON LA PONENCIA REFERIDA A LA NOCIÓN DE AUTONOMÍA PROCESAL

Con la presentación de la ponencia: “La noción de autonomía procesal para el ejercicio del control de constitucionalidad e interpretación constitucional”, el Presidente del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) de Bolivia, MSc. Paul Enrique Franco Zamora, participó hoy, 9 de septiembre, en la segunda jornada del “V Congreso Paraguayo de Derecho Procesal Constitucional", realizado en homenaje a los 30 años de la vigencia de la Constitución Nacional del Paraguay.

La máxima autoridad del TCP, formó parte del plantel académico de expositores internacionales, en atención a la invitación de la Asociación Paraguaya de Derecho Procesal Constitucional y la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Católica Campus Católica Itapúa, que programaron el desarrollo de esta actividad los días 8 y 9 de septiembre de la presente gestión.

El Presidente Franco Zamora, a inicio de su intervención manifestó su satisfacción de formar parte del evento pedagógico que contó con destacadas y destacados conferencistas conocedores del Derecho Procesal Constitucional, con quienes compartió el aula virtual.

“La temática presentada siempre ha de generar debate, controversia, pero el proceso de construcción de la ciencia jurídica, de la ciencia del Derecho, de las soluciones a los conflictos jurídicos emergen precisamente de este proceso participativo y constructivo, y es en esa línea de aporte en el debate académico que proponemos la reflexión con nuestra ponencia”, señaló la autoridad.

Respecto al contenido expuesto, el Presidente del TCP refirió que, “el tránsito del Estado Legal de Derecho al Estado Constitucional de Derecho, supone la supremacía de la Constitución Política del Estado (CPE) frente al resto de normas del ordenamiento jurídico-legal. Para ese fin, suelen diseñarse mecanismos jurisdiccionales denominados recursos o acciones constitucionales que, a través de procesos tramitados ante la jurisdicción constitucional, viabilizan la supremacía de la Ley Fundamental, así como la tutela del catálogo de derechos y el resguardo de las garantías constitucionales”.

La autoridad de la magistratura constitucional boliviana, indicó que la función del juez constitucional no se limita en aplicar la CPE conforme a normas procedimentales contenidas en un Código Adjetivo, sino está supeditada a otorgarse un contenido propio a dichas normas, en los márgenes que establece el texto constitucional.

“A pesar que el Derecho Procesal Constitucional debe auxiliarse por los principios generales del Derecho Procesal, es indispensable que las y los operadores de justicia constitucional recurran a los principios y valores constitucionales”, enfatizó el presidente del TCP.

Franco Zamora en su presentación destacó los antecedentes históricos, el fundamento jurídico y la jurisprudencia referida al principio de autonomía procesal, contribuyendo así a la capacitación de quienes participaron en el Congreso Internacional.

Sucre, 9 de septiembre 2022