El pleno del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) presentó al pueblo boliviano, este miércoles 14 de mayo, la Sentencia Constitucional Plurinacional (SCP) 0007/2025 de 13 de mayo, la cual determina que ningún ciudadano boliviano –bajo ninguna circunstancia–, puede ejercer más de dos veces el cargo electo de presidente y vicepresidente, sea ello de forma continua o discontinua.
A través de este fallo, calificado como “histórico”, se brinda certezas al país, subrayó Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano, Presidente de la Máxima Instancia Constitucional de Bolivia, a tiempo de acotar que una de las más importantes es garantizar la elección del próximo 17 de agosto y evitar cualquier alteración al calendario dispuesto por el Tribunal Supremo Electoral.
Por su parte, el Decano de este Tribunal, René Yván Espada Navía, a tiempo de hacer algunas consideraciones jurídicas que respaldan la decisión, indicó que este criterio es aplicable en el tiempo, lo cual involucra a los periodos constitucionales de mandato que se produjeron y que ya concluyeron en el pasado; por lo que, “resulta plenamente aplicable a las situaciones en curso, es decir, a todo candidato sin excepción alguna que actualmente pretenda incumplir lo determinado”, aclaró en su intervención.
Además, recordó que este Tribunal anteriormente emitió la SCP 1010/2023-S4, así como el Auto Constitucional Plurinacional 0083/2024 ECA, donde se establece de manera categórica y con el debido respaldo técnico el límite máximo de mandatos presidenciales que puede ejercer un ciudadano boliviano, de igual manera, agregó que la presente Sentencia “es sustentada y respaldada por la Opinión Consultiva 28/21 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, estableciendo taxativamente que la elección indefinida no constituye un derecho humano ni autónomo”.
“Quedará en la historia, que el Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia decidió resolver un tema que ha sido motivo de disputa política en los últimos años, a través de un fallo constitucional plenamente fundamentado, en estricto apego a los principios de la Constitución Política del Estado”, enfatizó con determinación el Presidente Hurtado.