El 5 de marzo del 2023, la Magistrada del Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia (TCP), MSc. Brigida Celia Vargas Barañad, a invitación del Municipio El Choro se constituyó en la ciudad de Oruro y los Municipios circundantes al Lago Uru Uru a objeto de socializar a las comunidades la Sentencia Constitucional Plurinacional (SCP) 1582/2022-S2, que resuelve una Acción Popular en la que denunció la lesión del derecho de las personas a un medio ambiente sano, que se encuentra afectado por la contaminación de Lago Uru Uru y que el TCP, determinó conceder la tutela.
En la ocasión, la Magistrada señaló que,“el fallo constitucional que estimó conceder la tutela por la vulneración de los derechos al medio ambiente, a la madre tierra, al agua en su dimensión colectiva, a la vida digna y a la salud, es el resultado del proceso constitucional dentro del cual se pudo evidenciar que la actividad minera y las aguas servidas de la ciudad de Oruro desembocan en el Lago, afectando y dañando significativamente el ecosistema del sector, los comunarios que vivían de la pesca y consumían el agua para su subsistencia de su ganado, actualmente no pueden hacerlo por la alta contaminación del Lago, cambiando su formas de vida y obligándolos migrar”.
Expresó también, que la Sentencia Constitucional dispuso que el Órgano Ejecutivo a través de los Ministerios de Minería y Metalurgia, Medio Ambiente y Agua, fiscalice el cumplimiento de normas ambientales para el manejo, mantenimiento, control y disposición de residuos mineros metalúrgicos; ordenó a la Contraloría General del Estado ejecutar una auditoría ambiental gubernamental; dispuso que, la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Agua Potable y Alcantarillado y Saneamiento Básico fiscalice el cumplimiento de obligaciones, compromisos y metas de la Entidad Prestadora de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario, sobre el tratamiento de aguas servidas que desembocan en el Lago; al Gobierno Autónomo Departamental de Oruro, declare emergencia departamental por la contaminación del Lago Uru Uru; al Gobierno Autónomo Municipal de Oruro instalar rejillas de control a las desembocaduras de los canales Rosso y Germania y al Gobierno Autónomo Municipal de El Choro. La empresa de Servicio Local de Acueductos y Alcantarillado – Oruro y vecinos aledaños tendrán que procedan a la recolección y limpieza de desechos instalando contenedores de basura en dichas zonas; dispuso también que el Estado asuma las obligaciones contraídas internacionalmente en la Convención sobre los Humedales elaborando políticas nacionales de humedales, planificación estratégica para promover su uso racional; que de manera anual en el primer trimestre de cada año, las autoridades involucradas rindan cuentas públicas, sobre el cumplimiento de la Sentencia Constitucional a las autoridades Indígenas Originarias Campesinas del sector, a las comunidades que viven y son afectadas por la contaminación y a las personas que ejercen control social; y, finalmente determinó que el Ministerio de Minería y Metalurgia promueva y orienten a las empresas mineras a cumplir con la debida diligencia en materia de derechos humanos dentro de sus procesos u operaciones en cuanto a los derechos al medio ambiente sano y saludable.
La autoridad constitucional señaló que por mandato de la Constitución la Sentencia es de cumplimiento obligatorio para las partes, empero, toca a las autoridades del Municipio del Choro, a las comunidades y a todas las personas exigir su cumplimiento, participar de la rendición de cuentas y lograr que la Sentencia se efectivice haciendo posible que el Lago vuelva a tener vida, sea el habitad de peces, patos, flamencos y el lugar donde las personas viven dignamente.
Finalmente Casto Chirilla Chambi alcalde del Gobierno Autónomo Municipal el Choro, destacó el contenido del fallo y la importancia del mismo, expresó que se constituye en un instrumento legal para exigir a las autoridades del nivel Central, Departamental y Municipal a trabajar en forma conjunta para lograr mitigar el daño ambiental causado al Lago Uru Uru, comprometiéndose de su parte a cumplir las obligaciones impuestas en la Sentencia a su Municipio.